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Seguro de Decesos Asisa España
Asisa Decesos nace en el año 1971, con la finalidad de crear una red de asistencia sanitaria en aquellas provincias donde no existían igualatorios estatales. Se crea como un igualatorio interprovincial que propició una vertiginosa afiliación de médicos de aquellas provincias que no lo gozaban hasta el momento. Efectivamente, para 1973 su red ya disponía de 19 igualatorios provinciales y uno interprovincial. Asisa Seguros Decesos Es una aseguradora que lidera la asistencia sanitaria en todo el territorio español. Es propiedad de la Cooperativa de Lavinia, de patrimonio netamente español y la cual negocia las actividades del Grupo Asisa por medio de los órganos del gobierno. Su condición de cooperativa la faculta para destinar las utilidades obtenidas en forma anual en el mejoramiento de la actividad asistencial. Su doctrina de libre y directa relación con los asegurados, se convierte en una excelente calidad en la atención. El Seguro de Decesos Asisa se sitúa entre los mejores de España.
Asisa Seguros España plantea un tipo de asistencia sanitaria fundamentada en la libre elección de médicos por parte del paciente y en la actividad sin intermediación. Su característica de cooperativa y su particularidad de estar creada y compuesta por galenos manifiesta una verdadera vocación de servicio y de mejoramiento de la asistencia. Asisa en la actualidad es una de las más importantes compañías de sanidad privada de España. Posee unos 2.200.000 asegurados a los que les ofrece asistencia integral, 15 clínicas propias y una con participación, unos 32 centro médicas. Igualmente, cuenta con una cadena de 35 servicios de referencia, 30 centro oftalmológicos y clínicas dentales en los cuales laboran unos 40.000 profesionales. Ofrece además, una cadena de centros concertados que suman más de 1.000 centros con unas 30.000 camas para hospitalización en todo el territorio.
Asisa España ofrece Asisa Salud, Asisa Dental, Asisa Vida, Asisa Accidentes, Asisa Decesos, Asisa Viajes
¿Por qué Contratar el Seguro de Decesos Asisa?
Contratar el Seguro de Defunción Asisa, te permite Vivir con la serenidad de saber que todo está planeado es más sencillo con Asisa Decesos. Un seguro que suceda lo que suceda, avala que colocaremos todos nuestros servicios a tu orden y permaneceremos en todo instante a tu lado. Asisa Decesos, es un seguro que garantiza la serenidad de vivir consciente de que, pase lo que pase, tú y tu familia lo tenéis todo anticipado. La póliza de Defunción Asisa tiene una inclinación: la de destinar toda su capacidad en ofrecer cada día mayor cantidad y calidad de servicios. Por este medio, puede proporcionar el Seguro de Entierro Asisa, con inmejorables condiciones y coberturas para que vivas con la confianza de tener todo lo que requieres. Tendrás cobertura en el extranjero ante cualquier enfermedad o accidente.
El Seguro de Sepelio Asisa Te ofrece la mejor asistencia jurídica integral, que comprende actuaciones relacionadas con sucesiones y pensiones. Incluye asistencia jurídica telefónica, acceso a un directorio de abogados y una consulta gratuita en el despacho asociado más cercano a tu domicilio. Y si requieres un defensor, se emplearían unos honorarios bonificados. También nos ocupamos de la gestión de las prestaciones por viudedad y/u orfandad ante los organismos competentes. Te ofrece además, asistencia legal en materia de sucesiones.
En caso de que el hecho suceda en el extranjero Asisa Defunción proporciona amplísimas garantías. Cubre el traslado internacional en caso de fallecimiento o muerte del asegurado, repatriación sanitaria y acompañante. En caso de accidente y/o enfermedad grave ampara, gastos médicos de urgencia, envió de médico, consulta médica a distancia, tratamientos odontológicos y asistencia a menores en el extranjero. Igualmente incluye defensa automovilística, adelanto de fianzas penales, transmisión de mensajes, servicio de información al viajero, trámites en embajadas, vacunación, regreso anticipado, búsqueda y localización de equipajes y muchas más.
Condiciones para Contratar el Seguro de Decesos Asisa España
El seguro de sepelio Asisa, te ofrece la serenidad que deseas. Todo estará previsto cuando te llegue ese momento para que tu familia no tenga que angustiarse por nada. Pero seguramente requeriréis alguna información relacionada con la forma y condiciones para contratar el seguro de entierro Asisa. Pues bien ahora te lo diremos. Comienza por buscar y completar los datos de la solicitud de seguro de decesos Asisa que te proporcionara uno de nuestros asesores Asisa. La solicitud contendrá además de tus datos básicos, un cuestionario de salud Asisa, en el que deberás indicar las enfermedades actuales en caso de que padezcas alguna y tu historial médico. Es importante que tu solicitud de seguro contenga de manera muy precisa todos los datos que te solicitan, pues así no habrá ningún problema al momento de necesitar el servicio. Por ello la sinceridad y honestidad de la información juega un papel importante.
Si eres saludable y estás en un rango de edad entre los 18 y 70 años, podrás contratar un seguro de prima natural, de prima nivelada o el de prima mixta.
¿Qué documentación necesito para contratar el seguro de decesos Asisa?
Contar con una póliza de decesos es algo de gran beneficio y utilidad. Por medio de este producto y por medio de una llamada se le puede facilitar al cliente tener todo listo para afrontar un sepelio. No cabe dudas que esto es algo muy importante, porque si no cuentas con esa herramienta de gran utilidad, organizar un sepelio sería un tanto complicado. Puesto que en esos dolorosos momentos no existe tanto las ganas como el tiempo para hacerlo, además de que toda la familia se afecta económicamente. Contratar un seguro de decesos es, en definitiva, una buena inversión que aporta esa tranquilidad tan necesaria, lográndose un ahorro sustancial tanto en tiempo como de dinero, algo indispensable en esos terribles momentos.
Ahora bien, ante ese cuadro, es importante saber que, si deseas hacerte de algún seguro de decesos, las compañías aseguradoras requieren algunos documentos que debes consignar. Debido a ello, aquí te diremos, cuáles recaudos se necesitan. Ahora bien, generalmente en todas las compañías aseguradoras de decesos te solicitarán los mismos datos al momento de querer adquirir una póliza de decesos. Por lo que la documentación necesaria para contratar el seguro de decesos Asisa sería esta:
1. Titular del seguro mayor de 18 años. La persona que quiera contratar una póliza de decesos deber tener la mayoría de edad. Sin embargo, esto es indispensable y limitativo solo para el titular, por cuanto para el resto de las personas a incluir en la póliza, no se tendrá esa limitante.
2. Nombre y apellidos. No habrá complicaciones para poder tramitar y organizar el entierro de cualquier miembro asegurado, si se precisa de manera clara todos los datos, lo que permitirá evitas demoras y obstáculos al momento de organizar un sepelio.
3. Fotocopia DNI, NIE o pasaporte del titular del seguro. Cualquier documento que sea requerido para contratar un seguro de decesos debe tener plena vigencia. Al tener vigencia esos documentos a consignar, no deberán ser rechazados.
4. Cuenta bancaria en España.
5. Fechas de nacimiento de todos los asegurados. La edad de cada persona que se desea asegurar, es algo determinante para hacer el cálculo del seguro a contratar.
6. Dirección. Uno de los elementos de vital importancia para que las aseguradoras puedan calcular el valor de la póliza de decesos es la dirección de domicilio de la persona que lo solicita. Al determinarse la provincia en donde el asegurado posee su residencia podrá determinarse el coste del seguro de decesos a contratar.
7. Rellenar el cuestionario de salud. Rellenar el cuestionario de salud, cuando se contrata un seguro de decesos, es algo imprescindible. Esto debe hacerse de forma clara y precisa sin ocultar nada. Al hacerse de esta manera, podrá determinarse si las personas a asegurar poseen algún tipo de enfermedad crónica o de manera preexistente.
8. No padecer alguna enfermedad grave antes de la contratación. Cuando se padece de algún tipo de enfermedad de gravedad no será posible contratar un seguro de decesos, ya que, este tipo de patologías no son cubiertas en los seguros de decesos.
¿Qué factores influyen en el precio del seguro de decesos Asisa?
Los seguros de decesos son productos versátiles, que le ofrecen coberturas a precios llamativos para cada cliente en particular. Todo ello permite escoger y contratar el seguro de decesos más conveniente. Sin embargo, cuando se obtiene un seguro de decesos, de acuerdo a lo que requiere de cada cliente, se debe tomar en consideración algunos factores que influyen considerablemente en su coste. Al tener claro esos factores, le permite a la compañía de seguros valorar el riesgo y, con ello realizar el cálculo de la prima del seguro que desea el cliente. Ahora bien, por lo general, ese procedimiento, no aplica solo a Asisa, por lo que la información que le indicaremos a continuación es por igual para todas las aseguradoras de decesos.
A continuación, te diremos cuáles son esos factores que influyen en el precio del seguro de decesos Asisa, por lo cual te ayudaremos en todo el proceso gratis y sin compromiso.
1. Fechas de nacimiento: la edad al igual que en los seguros médicos influye en el precio del seguro de decesos. Mientras más avanzada sea la edad mayor riesgo asume la compañía de seguros. Además, existe un tipo de seguro de decesos según tu edad.
2. Zona de residencia: la zona de residencia influye porque un entierro y los gastos que conlleva no cuesta igual en todos los sitios. No es lo mismo alquilar o comprar un nicho en Barcelona que en Madrid u otra zona. Es por ello que, dependiendo de donde resida, el precio del seguro de decesos puede variar.
3. La repatriación: depende del país al que deseas que te repatrien o lo lejos que esta te puede subir o bajar el precio. Por tanto, la repatriación es un factor decisivo al momento de calcular el precio de la póliza.
4. Las coberturas: el precio de la póliza de decesos varía según las coberturas que contrates. O si contratas coberturas adicionales. Es por ello que, al momento de contratar coberturas extras tendrás mejores privilegios, pero la póliza tendrás un mayor precio.
¿Cómo puedo darme de baja del seguro de decesos Asisa?
Son muchas las causas por las cuales algunas personas, luego de pagar por mucho tiempo, alguna póliza de decesos, se ven en la imperiosa necesidad de querer darlos de baja. Entre esas causas tenemos presentar una precaria situación económica que hace que renuncie a seguir con el seguro. También tenemos que posea serios inconvenientes con la compañía de seguros contratante, mayormente en los servicios presentados. Inclusive, que el contratante tenga una mejor propuesta de parte de alguna compañía de seguros de la competencia.
Como hemos visto, son varios los motivos para dar de baja una póliza de decesos. Pero ante esta situación debes conocer que existen muchas formas de darlo de baja. Por lo tanto, cuando se toma esa decisión no debe existir ninguna complicación por cuanto es un procedimiento muy simple. En esos casos, el contrato del seguro de defunción Asisa es de 12 meses, pero esto no solo es aplicable a Asisa decesos, sino que todas las compañías aseguradoras de decesos son iguales debido a que la ley del seguro de entierro en España indica que para dar de baja el seguro de decesos Asisa hay que notificarlo 1 mes antes de que se cumpla el año de la contratación a tu compañía. Ejemplo: si tu póliza de defunción Asisa o de otra compañía aseguradora de decesos termina el 31 de diciembre, debes comunicar a la compañía de seguros tu decisión de no renovación, antes del 30 de noviembre.
¿Cuál es el periodo de carencia del seguro de decesos Asisa?
El lapso de tiempo que se establece partiendo desde del día en que comienza el alta de la póliza hasta el día en el que el asegurado puede tener una garantía o aval determinado se le denomina periodo de carencia. Trascurrido ese periodo de tiempo será posible comenzar el goce de las coberturas del seguro de decesos que se han contratado. Ahora bien, estos periodos de carencia influyen en ciertas coberturas, que hacen que no se puedan gozar de inmediato. Esto se hace con el fin de proteger los intereses económicos de la compañía aseguradora con quien se firmó el contrato.
Por lo tanto, el periodo de carencia del seguro de decesos Asisa se puede definir como el plazo de tiempo, transcurridos por meses desde la fecha de alta o contratación de la póliza de decesos Asisa, durante (x) tiempo para que se pueda empezar a hacer uso de algunas coberturas contratadas del seguro. Si rellenas el formulario de arriba te asesoraremos sobre la mejor opción según tu caso en concreto y responderemos a todas tus preguntas.
¿Qué exclusiones tiene el seguro de decesos Asisa?
Con el fin de evitar esos elevados costes que conllevan organizar un sepelio y evitar esos engorrosos y complicados trámites que conllevan a un sepelio se contrata un seguro de decesos. Esto es algo que de manera irremediable se requiere cuando fallece un familiar y que se facilita al tener este producto. Sin embargo, antes de contratar una póliza de decesos, debes conocer que existen varios elementos que influyen de manera significa para ello. De esos elementos está uno de importancia: Las exclusiones en los seguros de decesos.
Esas exclusiones que siempre están en los seguros de decesos deben conocerse para tener claro lo que realmente puedes cubrir o no. En este caso, las garantías de los seguros de decesos en Asisa al igual que en las demás aseguradoras, suelen excluir: los fallecimientos producidos por catástrofes naturales, radiaciones radioactivas, energía nuclear, acciones bélicas, actos terroristas o disturbios. También están los que no den lugar a algún tipo de indemnización de acuerdo a la ley de contrato de seguro y los que corresponden a decesos producidos antes del pago de la primera cuota o prima.
¿Puedo contratar el seguro de decesos Asisa con una enfermedad grave?
Es imprescindible, al momento de suscribir con la compañía aseguradora algún seguro de decesos, saber cuáles factores pueden hacer posible o no la contratación del mismo. De manera pues, es importante conocer que entre esos factores limitativos están las enfermedades graves. Por tanto, si se padece de algún cáncer, infarto o afección coronaria entre otras, lamentablemente no será posible contratar un seguro de decesos porque esas patologías representan una enfermedad grave en España. Debido al alto riesgo según la ley el artículo 10 ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro de defunción en España la aseguradora quedará exonerada de pagar cualquier indemnización en caso de proporcionar datos falsos en el cuestionario médico acerca del estado de salud del mismo, omitiendo así alguna enfermedad grave preexistente. Sin embargo, si la persona que desea asegurarse cuenta con algún tipo de enfermedad grave le será posible contratar el seguro de decesos Asisa solo si ha superado dicha enfermedad, sin que se tenga secuelas graves. Esto, no obstante, debe previamente comprobarse. Para ello, las compañías de seguros solicitarán al titular algunos recaudos que permitan validar que no se posee algún tipo de secuela grave a causa de cualquier tipo de condición de gravedad que haya presentado.
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